En Canarias, el impuesto de transmisiones patrimoniales grava la compra de vivienda usada con un tipo general del 6,5 %(https://sergioangeli.com/index.php/itp-ajd-canarias/), aunque existen tipos reducidos según el perfil del comprador. La autoliquidación se presenta con el Modelo 600 en la sede electrónica del Gobierno de Canarias, dentro de un plazo de presentación dentro del mes siguiente a la firma. El tipo final depende de si compras vivienda habitual, eres joven, perteneces a una familia numerosa o tienes reconocida una discapacidad.
En resumen:
- El impuesto de transmisiones patrimoniales en Canarias aplica un 6,5 % sobre la base imponible en compras de vivienda usada, con posibles reducciones hasta el 4 % o el 5 % según requisitos del comprador.
- La base imponible se determina comparando el precio pactado con el valor de referencia del Catastro y se paga en el Modelo 600 dentro del mes siguiente a la firma.
- La distinción entre ITP para viviendas usadas y IGIC más AJD para viviendas nuevas de promotor afecta los trámites y el importe final del impuesto.
- Es fundamental verificar el valor del Catastro y presentar la documentación acreditativa antes de firmar para obtener bonificaciones correctamente y evitar liquidaciones indebidas.
- La preparación de toda la documentación, como certificados de discapacidad, familia numerosa o renta, permite aplicar tipos reducidos y reducir costes en la compra.
Tabla de contenidos
- Tipos impositivos del ITP en Canarias y sus bonificaciones
- ITP frente a IGIC y AJD: qué impuesto corresponde a tu compra
- Base imponible y valor de referencia del Catastro
- Cómo calcular el ITP paso a paso
- Modelo 600: plazos y formas de presentación
- Requisitos y documentación para acceder a tipos reducidos
- Errores frecuentes y comprobaciones antes de firmar
- Recursos prácticos para compradores en Canarias
- Prioridades fiscales al comprar: la perspectiva del editor
- Compra con la documentación clara desde el primer día
- Fuentes
- Preguntas frecuentes
Tipos impositivos del ITP en Canarias y sus bonificaciones
El tipo general para transmisiones de vivienda usada en Canarias es del 6,5 %(https://itpcalculadora.es/itp-canarias-vivienda-usada/) sobre la base imponible, fijado al amparo del Decreto Legislativo 1/2009, que regula los tributos cedidos en el archipiélago. Este porcentaje aplica a la mayoría de compraventas entre particulares de pisos, casas y dúplex de segunda mano.
La normativa autonómica prevé varios tipos reducidos y bonificaciones sobre cuota para colectivos concretos:
- Vivienda habitual con límites de renta o base imponible reducida: tipos que pueden bajar hasta el 4 % o el 5 % según el caso.
- Vivienda de protección oficial (VPO): tipos específicamente rebajados frente al general.
- Jóvenes menores de una edad determinada que compran su primera vivienda habitual, con una bonificación adicional sobre cuota en ciertos supuestos, según recogen guías actualizadas del sector.
- Familias numerosas, con reducciones vinculadas a límites de renta familiar.
- Personas con discapacidad reconocida, que acceden a tipos aún más bajos.
Cada bonificación exige acreditar requisitos concretos, y los umbrales de renta se actualizan periódicamente mediante leyes de presupuestos, por lo que conviene comprobar la cifra vigente antes de firmar.
ITP frente a IGIC y AJD: qué impuesto corresponde a tu compra
El ITP grava las transmisiones onerosas de vivienda usada entre particulares, es decir, la segunda mano y posteriores. Es el impuesto que pagarás si compras un piso a otro propietario, no a un promotor.
Cuando la vivienda es de obra nueva y la vendes directamente el promotor, el régimen cambia por completo: la operación tributa por el IGIC (el equivalente canario al IVA) y por el impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD), no por ITP.
Esta distinción tiene consecuencias prácticas directas:
- Vivienda usada: pagas ITP con el tipo general o reducido correspondiente.
- Vivienda nueva de promotor: pagas IGIC más AJD, con tipos y trámites distintos.
- Documentación: cada régimen exige justificantes diferentes ante la agencia tributaria.
Confundir ambos regímenes es uno de los errores más frecuentes entre compradores, especialmente extranjeros que llegan de sistemas fiscales donde esta distinción no existe.
Base imponible y valor de referencia del Catastro
La base imponible del ITP no es simplemente el precio pactado en la escritura. La regla aplicable es sencilla, pero decisiva: se toma el mayor valor entre el precio de compraventa y el valor de referencia del Catastro (VRC) vigente en el momento de la transmisión.
Si el VRC supera el precio que has pagado, la cuota del ITP se calcula sobre ese valor administrativo, no sobre lo que realmente desembolsaste. Por eso conviene consultarlo antes de firmar, entrando en sedecatastro.gob.es con la referencia catastral del inmueble.
![]()
Consejo profesional: Si el valor de referencia resulta más alto de lo esperado, autoliquida igualmente sobre esa cifra dentro de plazo y, en paralelo, valora encargar un informe pericial para impugnar el VRC si consideras que no refleja el estado real del inmueble.
Cómo calcular el ITP paso a paso
El cálculo sigue una fórmula simple: cuota tributaria = base imponible × tipo aplicable.
- Determina la base imponible: compara el precio de compraventa con el valor de referencia catastral y toma el mayor de los dos.
- Identifica el tipo aplicable: un tipo general del 6,5 %, o el reducido que corresponda si cumples requisitos de vivienda habitual, juventud, familia numerosa o discapacidad.
- Multiplica ambas cifras para obtener la cuota a ingresar.
Ejemplo con tipo general: una vivienda con base imponible de 180.000 € tributa al 6,5 %(https://itpcalculadora.es/itp-canarias-vivienda-usada/), lo que arroja una cuota de 11.700 €.
Suma siempre notaría, registro y honorarios del gestor al presupuesto total antes de comprometer tu liquidez.
Modelo 600: plazos y formas de presentación
El Modelo 600 es el formulario oficial para autoliquidar el ITP, disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias. El plazo de presentación es de presentación dentro del mes siguiente a la firma desde el devengo, que normalmente coincide con la fecha de la escritura pública de compraventa.
Existen dos vías de presentación:
- Telemática, mediante certificado digital o Cl@ve, la opción más rápida para quien ya dispone de estos medios de identificación electrónica.
- Presencial, en las oficinas de atención tributaria de cada isla, imprimiendo el formulario cumplimentado.
El notario suele remitir una ficha resumen de la operación a la administración, pero eso no sustituye tu obligación de autoliquidar dentro de plazo. Necesitarás la escritura, el DNI o NIE y, si solicitas bonificación, los certificados que acrediten tu situación.
Requisitos y documentación para acceder a tipos reducidos
Las bonificaciones del ITP en Canarias no se aplican automáticamente: debes acreditarlas con documentación específica en el momento de la autoliquidación.
Las condiciones más habituales incluyen residencia efectiva en la vivienda, límites de renta o base imponible del conjunto familiar, y en algunos casos el compromiso de no poseer otra vivienda en propiedad o de transmitirla en un plazo determinado.
- Certificado de familia numerosa, si solicitas la reducción correspondiente.
- Certificado de discapacidad, expedido por el organismo competente.
- Justificantes de renta o última declaración de IRPF, para acreditar que no superas los umbrales fijados.
- Certificado de empadronamiento, cuando se exige prueba de residencia efectiva.
Consejo profesional: *Reúne toda esta documentación antes de la cita con el notario, no después. Presentar un tipo reducido sin justificantes completos suele acabar en liquidación provisional al tipo general, con la consiguiente devolución de ingresos indebidos si luego aportas los papeles.
Errores frecuentes y comprobaciones antes de firmar
Los requerimientos de la administración tributaria casi siempre nacen de descuidos evitables, no de mala fe del comprador.
- No verificar el valor de referencia catastral antes de fijar el precio de la operación.
- Confundir ITP con IGIC/AJD al comprar vivienda de obra nueva.
- Presentar el Modelo 600 fuera del plazo de un plazo de presentación dentro del mes siguiente a la firma, con recargos automáticos.
- Solicitar una bonificación sin acreditar los requisitos con la documentación exigida.
Antes de firmar, pide siempre la nota simple del Registro de la Propiedad, comprueba el estado de cargas, solicita el certificado de deudas de la comunidad y confirma el VRC. Si recibes una liquidación complementaria, tienes derecho a presentar alegaciones o recurso ante la propia agencia tributaria canaria.
Recursos prácticos para compradores en Canarias
La guía de Immoflow-Tenerife sobre impuestos al comprar vivienda en Canarias amplía el detalle sobre ITP, IGIC y AJD según el tipo de operación, y el resumen del proceso de compra en Tenerife explica qué documentos pedir antes de firmar.
Cada propiedad verificada incluye documentación que facilita comprobar el valor de referencia catastral y preparar la autoliquidación sin sorpresas de última hora. Aun así, Immoflow-Tenerife facilita información y propiedades verificadas para comprar: no sustituye el asesoramiento de un gestor fiscal o notario para tu caso concreto.
Prioridades fiscales al comprar: la perspectiva del editor
La mayoría de los sobrecostes en el ITP no vienen de la norma, sino de comprobar tarde. Prioriza revisar el valor de referencia catastral antes de firmar cualquier arras, y pide al vendedor y al notario toda la documentación con semanas de antelación, no el día de la escritura. Cuando existan dudas reales sobre una bonificación, consulta a un asesor fiscal: el ahorro potencial suele justificar de sobra su coste.
— Jens
Compra con la documentación clara desde el primer día
Calcular el ITP correctamente exige revisar el valor de referencia catastral, confirmar el tipo aplicable y reunir los certificados de bonificación antes de firmar, algo que se complica cuando la documentación del inmueble llega incompleta o tarde. Immoflow-Tenerife resuelve justamente ese problema para compradores en Tenerife: cada propiedad verificada en su catálogo de inmuebles se presenta con la documentación disponible desde el inicio, sin necesidad de reclamar papeles al vendedor a última hora ni descubrir sorpresas catastrales tras la reserva.
Si además necesitas entender el resto de impuestos vinculados a la compra (IGIC, AJD, plusvalía), la guía de impuestos al comprar vivienda en Canarias de Immoflow-Tenerife detalla cada partida antes de que te comprometas. Explora ahora el listado de propiedades verificadas y filtra por isla y presupuesto para encontrar tu próxima vivienda con la documentación fiscal ya preparada. Y si tu situación es la contraria y buscas vender un inmueble en Canarias, la marca hermana “Proyecto28” gestiona ese proceso en proyecto28.es.
Fuentes
- Presentación del Modelo 600 – Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados – Sede electrónica del Gobierno de Canarias
- Sede del Catastro
- ITP-AJD Canarias (análisis técnico) – Sergio Angeli
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de ITP en Canarias?
El tipo general es del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del 6,5 % sobre la base imponible en la compra de vivienda usada. Ese porcentaje puede bajar según cumplas requisitos de vivienda habitual, juventud, familia numerosa o discapacidad.
¿Qué es el ITP y cuándo se paga?
El ITP es el impuesto que grava la compraventa de vivienda de segunda mano entre particulares, diferente del IGIC y el AJD que aplican a la obra nueva. Se paga autoliquidando el Modelo 600 dentro de los un plazo de presentación dentro del mes siguiente a la firma siguientes a la firma de la escritura.
¿Cuál es el porcentaje del ITP en Canarias para 2026?
El tipo vigente sigue siendo del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del un tipo general aproximadamente del 6,5 % con carácter general para vivienda usada. Existen tipos reducidos de hasta el 4 % o el 5 % para quienes acrediten los requisitos de vivienda habitual u otros colectivos protegidos.
¿Cuáles son los requisitos para pagar el 5 % del ITP?
El tipo reducido del 5 % suele exigir que la vivienda sea tu residencia habitual y que no superes determinados límites de renta o base imponible familiar. También debes acreditar, según el caso, condiciones como no poseer otra vivienda en propiedad o comprometerte a transmitirla en el plazo fijado por la normativa.
¿Dónde encuentro propiedades con la documentación fiscal ya preparada?
El catálogo de propiedades verificadas de Immoflow-Tenerife incluye la documentación disponible desde el primer contacto, lo que facilita comprobar el valor de referencia catastral antes de firmar. Cada ficha permite revisar el estado del inmueble sin depender de que el vendedor aporte los papeles a última hora.